Accesibilidad WEB

Respetamos a nuestros usuarios

Fecha de publicación del Portal de Transparencia 22/07/2022

Fecha de Publicación de la declaración de accesibilidad WEB 18/08/2023

¿Qué es la Accesibilidad WEB?

https://www.w3.org/WAI/

Fuente:Web Accesibility Initiative WC3 WAI

Enlace: Introducción a la Accesibilidad Web | Web Accessibility Initiative (WAI) | W3C

“… Accesibilidad Web significa que sitios web, herramientas y tecnologías están diseñadas y desarrolladas de tal manera que las personas con discapacidades pueden usarlas. Más concretamente, las personas pueden:

  • percibir, comprender, navegar e interactuar con la Web
  • contribuir a la Web

La Accesibilidad web abarca todas las discapacidades que afectan al acceso a la Web, incluyendo:

  • auditivas
  • cognitivas
  • neurológicas
  • físicas
  • del habla
  • visuales

La accesibilidad web también beneficia personas sin discapacidad, como por ejemplo:

  • personas utilizando teléfonos móviles, relojes inteligentes, televisores inteligentes y otros dispositivos con pantallas pequeñas, diferentes modos de entrada, etc.
  • personas mayores cuyas habilidades cambian con la edad
  • personas con “discapacidades temporales”, como puede ser un brazo roto o la pérdida de unas gafas
  • personas con “limitaciones por su ubicación”, como puede ser bajo la luz del sol o en un entorno donde no se puede escuchar audio
  • personas con conexión lenta a Internet o que tienen ancho de banda limitado o costoso

…”

Sugerencia: Principios de accesibilidad | Web Accessibility Initiative (WAI) | W3C

¿Cómo se logra la accesibilidad web?

Somos conscientes de que no todos los usuarios acceden a la Web con los mismos medios técnicos y que no todos los usuarios son capaces de percibir correctamente todos los contenidos publicados en la Web. Resumiendo

  • Las páginas se transforman correctamente con independencia de la plataforma
  • El contenido se ofrece de forma sencilla, comprensible para facilitar la navegación por el sitio Web

Contamos con seis principios del diseño web accesible que especifican algunos detalles técnicos:

  1. Crear páginas que cumplan los estándares aceptados.
  2. Conocer las diferencias entre elementos de presentación y de estructura; emplea hojas de estilo cuando sea posible.
  3. Utilizar características que proporcionen contenido sobre el propósito y la función de los elementos.
  4. Asegurar que las páginas se pueden navegar con el teclado.
  5. Proporcionar métodos alternativos para el contenido no textual, incluyendo imágenes, scripts, multimedia, tablas, formularios y marcos, para los agentes de usuario que no los puedan mostrar.
  6. Tener cuidado con las trampas más comunes que pueden reducir la accesibilidad de un sitio.

¿Cuáles son las pautas de accesibilidad web?

Las pautas de diseño accesible que http://www.tomasbarretosa.org ha seguido son las siguientes:

  1. Proporcionar alternativas equivalentes para el contenido visual y auditivo
  2. No basarse sólo en el color asegurando la imagen corporativa
  3. Usar marcadores y hojas de estilo y hacerlo de forma apropiada
  4. Identificar el idioma usado
  5. Crear tablas que se transformen correctamente
  6. Asegurar que las páginas que incorporen nuevas tecnologías se transformen correctamente
  7. Asegurar al usuario el control sobre los cambios de los contenidos tempo-dependientes
  8. Asegurar la accesibilidad directa de las interfaces incrustadas
  9. Diseño para la independencia del dispositivo
  10. Usar soluciones provisionales
  11. Utilizar las tecnologías y pautas W3C
  12. Proporcionar información de contexto y orientación
  13. Proporcionar mecanismos claros de navegación
  14. Asegurar que los documentos sean claros y simples

¿Qué son las capas de accesibilidad web?

Enumeramos cinco capas la interacción de la información del sistema y el usuario, donde cada capa se ajusta a las pautas del Diseño para Todos y Accesibilidad Universal. Cada capa tiene asignado unas pautas de accesibilidad.

  1. Contenido. Naturaleza de la información o documento electrónico: texto, audio, imagen, video, etc.
  2. Aplicación. Programa donde se muestra el contenido
  3. Sistema Operativo. Capa software de la que depende la capa aplicación
  4. Dispositivo. Capa de componentes físicos que incluye a la unidad central y periféricos
  5. Entorno. Lugar donde se encuentra situado el usuario con el dispositivo tecnológico

¿Cuáles son las normas de accesibilidad web?

Las principales leyes, decretos y normas en materia de accesibilidad web, en España, son:

  • Norma UNE 139802:1998 EX: informática para la salud: aplicaciones informáticas para personas con discapacidad: requisitos de accesibilidad de las plataformas informáticas: soporte lógico.
  • LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
  • ORDEN PRE/1551/2003, de 10 de junio, por la que se desarrolla la Disposición final primera del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.
  • LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • Norma UNE 139803:2004: Aplicaciones informáticas para personas con discapacidad. Requisitos de accesibilidad para contenidos en la Web.
  • REAL DECRETO 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • REAL DECRETO 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.
  • LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • REAL DECRETO 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
  • LEY 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
  • LEY 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
  • LEY 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
  • LEY 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
  • LEY 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  • Norma UNE 139803:2012: Requisitos de accesibilidad para contenidos en la Web.
  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

EVALUACIÓN NORMA EN 301 549

Se ha procedido contemplando el nivel mínimo de adecuación incluido en las pautas WCAG 2.1.

Evaluación de correspondencia con WACG 2.1 y UNE-EN 301549:2022 referente a la discapacidad a la que beneficia, no elaborada pero sugerimos el uso de herramientas disponibles tales como lectores de pantalla

Algunos son productos comerciales de pago:

JAWS (Windows)

Window Eyes (Windows)

Algunos son productos gratuitos:

NVDA (Windows)

ChromeVox (Chrome, Windows y macOS)

Orca (Linux)

Algunos están integrados en el sistema operativo:

VoiceOver (macOS e iOS)

ChromeVox (en Chromebooks) T

TalkBack (Android)

Resultado de la evaluación 18 de octubre 2022

Mecanismo de comunicación artículos 10.2.a y 11 del Real Decreto 1112/2018

Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-12699.

“…

Artículo 3.4 Ámbito objetivo de aplicación

quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente real decreto los siguientes contenidos:

a) Formatos de archivo de ofimática publicados antes de la entrada en vigor de este real decreto, salvo que los mismos sean necesarios para tareas administrativas activas relativas a las funciones realizadas por los sujetos obligados por este real decreto.

b) Contenido multimedia pregrabado de base temporal publicado antes de la entrada en vigor de este real decreto.

c) Contenido multimedia en directo de base temporal salvo lo dispuesto en otra legislación específica que obligue al respecto.

d) Servicios de mapas y cartografía en línea, siempre y cuando la información esencial se proporcione de manera accesible digitalmente en el caso de mapas destinados a fines de navegación.

e) Contenidos de terceros que no estén financiados ni desarrollados por el sujeto obligado ni estén bajo su control.

f) Reproducciones de bienes de colecciones del patrimonio que no puedan hacerse plenamente accesibles por alguna de las siguientes causas:

1.° Incompatibilidad de los requisitos de accesibilidad con la conservación del bien de que se trate o con la autenticidad de la reproducción.

2.° Indisponibilidad de soluciones automatizadas y rentables que permitan extraer el texto de manuscritos u otros bienes de colecciones del patrimonio y transformarlos en contenidos compatibles con los requisitos de accesibilidad.

g) Contenidos de extranet e intranet entendidos como sitios web accesibles únicamente para un grupo restringido de personas y no para el público en general, publicados antes del 23 de septiembre de 2019, hasta que dichos sitios web sean objeto de una revisión sustancial.

h) Contenidos de sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles que tengan la condición de archivos o herramientas de archivo por contener únicamente contenidos no necesarios para el desarrollo de cualesquiera tareas administrativas activas, siempre que no hayan sido actualizados ni editados con posterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.

“…

Artículo 10.2 Mecanismos de comunicación

2. Se distinguen dos modalidades en función de la naturaleza de la comunicación y de los efectos y tratamiento que ésta vaya a tener:

a) Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad. Permite a cualquier persona física y jurídica informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte del sitio web o de la aplicación para dispositivos móviles de los requisitos de accesibilidad establecidos. También permite transmitir otras dificultades de acceso al contenido o formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web o aplicación para dispositivos móviles.

b) Solicitudes de información accesible y quejas. Permite a cualquier persona física o jurídica formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos de este real decreto y solicitar la información relativa a contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación de este real decreto según lo establecido por el artículo 3, apartado 4, o exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

Artículo 11 Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad

Las comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad podrán presentarse mediante medios electrónicos habilitando una dirección de correo electrónico específica o un formulario que permita la presentación telemática. Adicionalmente, se habilitará al menos uno de los siguientes canales complementarios al electrónico: Un teléfono o una oficina física de atención

…”